Sunday, November 20, 2016

La Regulación Del Sistema De Comercio Alternativo

Solicitados con frecuencia FOIA documento: Sistema de Comercio Alternativo (quotATSquot) Lista Lo que debe saber sobre el archivo de datos Este informe está disponible como un archivo PDF. El informe incluye el nombre, el nombre (s) en las que se desarrolla la actividad empresarial, y la ubicación de cada archivador actual de un Formulario ATS. Está dispuesto alfabéticamente por el nombre del sistema de comercio alternativo. Tenga en cuenta que a partir del 13 marzo de 2013, el formato de lista ATS ha cambiado. Lo que debe saber Acerca de los datos La SEC reciba documentación de los sistemas alternativos de negociación de manera continua en virtud del Reglamento ATS. Observamos que la lista de sistemas alternativos de negociación cambia con el tiempo. De acuerdo con ello, personal de la Comisión esperar para actualizar la lista según requieran las circunstancias. Para preguntas técnicas relacionadas con el sitio Web, envíe un mensaje de correo electrónico a webmastersec. gov. Para obtener información adicional acerca de los datos, póngase en contacto con la Oficina de Interpretación y Orientación, División de Comercio y Mercados al 202-551-5777 o tradingandmarketssec. gov. Lista actual archivo sistema de comercio ListsAlternative - ATS ¿Qué es un sistema de comercio alternativo - ATS El sistema de comercio alternativo (ATS) es un sistema de comercio que no está regulado como un intercambio, pero es un lugar para que coincida con el de órdenes de compraventa de sus suscriptores. sistemas alternativos de negociación están ganando popularidad en todo el mundo y representan la mayor parte de la liquidez que se encuentra en las cuestiones que cotizan en bolsa. Reglamento ATS se introdujo por la SEC en 1998 y está diseñado para proteger a los inversores y resolver las preocupaciones que surgen de este tipo de sistema de comercio. Reglamento ATS requiere más estricto mantenimiento de registros y presentación de informes exige más intensiva en cuestiones tales como la transparencia, una vez que el sistema alcanza más del 5 del volumen de operaciones de un mismo título. ROMPIENDO sistema de comercio alternativo - ATS Muchos sistemas alternativos de negociación se han diseñado específicamente para que coincida con los compradores y vendedores que comercian en cantidades muy grandes (comerciantes principalmente profesionales e inversores). Además, las instituciones utilizarán a menudo un ATS para encontrar las contrapartes de las transacciones, en lugar de negociar grandes bloques de acciones en la bolsa normal, una práctica que puede sesgar el precio de mercado en una dirección determinada, en función de una capitalización de acciones del mercado y en el volumen de operaciones. Ejemplos de sistemas alternativos de negociación incluyen, pero no se limitan a, las redes de comunicación electrónica (ECN), cruzando las redes y llaman markets.17 CFR 242.301 - Requisitos para los sistemas alternativos de negociación. xa7 242.301 Requisitos para los sistemas alternativos de negociación. (A) Alcance de la sección. Un sistema de comercio alternativo deberá cumplir con los requisitos en el párrafo (b) de esta sección, a menos que tal sistema de comercio alternativo: (1) está registrada como un intercambio en virtud del artículo 6 de la Ley, (15 USC 78f) (2) está exenta por la Comisión del registro como un intercambio basado en el volumen limitado de operaciones efectuadas (i) ¿está registrada como una sociedad de valores en las secciones 15 (b) o 15C de la Ley (15 78o USC (b). y 78o-5), o es un banco, y (ii) limita las actividades de sus valores en los siguientes instrumentos: valores (a) Gobierno, tal como se define en la sección 3 (a) (42) de la Ley, (15 USC 78c (a) (42)) (B) la adquisición y cesión de recompra únicamente sobre valores incluidos en el párrafo (a) (4) (ii) (a) de esta sección (C) Cualquier venta, llamar, a horcajadas, una opción o privilegio en una seguridad del gobierno, que no sea una opción de venta, llamada, a horcajadas, una opción o privilegio que: (1) se negocia en una o más bolsas de valores nacionales o (2) Para los cuales las cotizaciones se difunden a través de un sistema de cotización automatizado operado por una asociación de valores registrada y (D) Comercial papel. (5) está exento, condicional o incondicional, por orden de la Comisión. después de la aplicación de dicho sistema de comercio alternativo. de uno o más de los requisitos del párrafo (b) de esta sección. La Comisión concederá dicha exención sólo después de determinar que tal orden es consistente con el interés público, la protección de los inversores, y la eliminación de los obstáculos al, y la perfección de los mecanismos de un sistema nacional de mercado. (b) Requisitos. Cada sistema de comercio alternativo del sujeto del presente Reglamento ATS, de conformidad con el párrafo (a) de esta sección, deberá cumplir con los requisitos de este párrafo (b). (1) Registro de agente de bolsa. El sistema de comercio alternativo deberá registrarse como agente de bolsa en virtud del artículo 15 de la ley, (15 USC 78o). (I) El sistema de comercio alternativo deberá presentar un informe de la operación inicial en el Formulario ATS, xa7 249.637 de este capítulo, de acuerdo con las instrucciones en el mismo, por lo menos 20 días antes de comenzar la operación como un sistema de comercio alternativo. o si el sistema de comercio alternativo está operando al 21 de abril de 1999, a más tardar el 11 de mayo de 1999. (ii) El sistema de comercio alternativo deberá presentar una enmienda en el Formulario ATS al menos 20 días naturales antes de implementar un cambio sustancial en la funcionamiento del sistema de comercio alternativo. (Iii) Si la información contenida en el informe de la operación inicial presentada con arreglo al párrafo (b) (2) (i) de esta sección se convierte en inexacta por cualquier razón y no se ha informado previamente a la Comisión como una enmienda en el Formulario ATS, la alternativa sistema de comercio deberá presentar una enmienda en el Formulario ATS corregir dicha información dentro de los 30 días naturales siguientes a la finalización de cada trimestre natural en el que el sistema de comercio alternativo ha funcionado. (Iv) El sistema de comercio alternativo deberá presentar sin demora una enmienda en el Formulario ATS rectificación de información ya se ha informado en el Formulario ATS después del descubrimiento de que cualquier información guardada bajo los párrafos (b) (2) (i), (ii) o (iii) de esta sección era inexacta momento de su presentación. (V) El sistema de comercio alternativo deberá presentar sin demora un cese de las operaciones de reporte en la Forma ATS en conformidad con las instrucciones que en él al dejar de funcionar como un sistema de comercio alternativo. (Vi) Cada aviso o enmienda presentadas de conformidad con el presente párrafo (b) (2) constituirá una x201Creportx201D en el sentido de las secciones 11A, 17 (a), 18 (a), y 32 (a), (15 USC 78k - 1. 78q (a). 78R (a). 78ff y (a)), y cualesquiera otras disposiciones aplicables de la Ley. (Vii) Los informes previstos en el párrafo (b) (2), será considerada esta sección presentada a la recepción por la División de Regulación del Mercado, Parada 10-2, en las Comisiones oficina principal en Washington, DC. Duplicar originales de los informes previstos en los párrafos (b) (2) (i) a (v) de esta sección debe presentarse ante el personal de vigilancia designados como tales por cualquier organización de autorregulación que es la autoridad de examen designada para el comercio alternativo de conformidad con el sistema de xa7 240.17d-1 de este capítulo de forma simultánea con la presentación en la Comisión. Los duplicados de los informes requeridos por el párrafo (b) (9) de esta sección se facilitará al personal de vigilancia de dicha autoridad de autorregulación bajo petición. Todos los informes presentados de conformidad con este párrafo (b) (2) y el párrafo (b) (9) de esta sección se considerará confidencial momento de su presentación. (3) Orden de visualización y acceso de ejecución. (I) Un sistema de comercio alternativo deberá cumplir con los requisitos establecidos en el párrafo (b) (3) (ii) de esta sección, con respecto a cualquier acción NMS en el que el sistema de comercio alternativo: (B) durante al menos 4 de los 6 meses calendario anteriores, tenían un volumen de negociación diario promedio de 5 por ciento o más del volumen cuota diaria promedio agregado de dichas acciones SMN según lo informado por un plan de presentación de informes de transacción efectiva. (Ii) Dicho sistema de comercio alternativo proporcionará a una bolsa de valores nacional o de la asociación nacional de valores de los precios y los tamaños de los pedidos en el más alto precio de compra y el precio de venta más bajo para este stock NMS. que se muestra a más de una persona en el sistema de comercio alternativo. para su inclusión en los datos de cotización puestos a disposición por la bolsa de valores nacional o de la asociación nacional de valores a los proveedores de conformidad con xa7 242.602. (Iii) Con respecto a cualquier orden que se muestra conformidad con el párrafo (b) (3) (ii) de esta sección, un sistema de comercio alternativo deberá proporcionar a cualquier casa de bolsa que tiene acceso a la bolsa de valores nacional o de la asociación nacional de valores a los cuales el sistema de comercio alternativo proporciona los precios y tamaños de órdenes mostradas conformidad con el párrafo (b) (3) (ii) de esta sección, la capacidad de efectuar una transacción con este tipo de órdenes que es: (a) equivalente a la capacidad de dicho corredor - dealer para efectuar una transacción con otras órdenes que aparecen en el cambio o por la asociación y (B) en el precio de la orden de compra o un precio más alto orden de venta de menor precio que se muestra para el menor del tamaño acumulado de dichas órdenes, con los precios introducida en el mismo a dicho precio. o el tamaño de la ejecución solicitada por dicha sociedad de valores. (4) Comisiones. El sistema de comercio alternativo no percibirá ninguna tasa a los agentes de bolsa que tienen acceso al sistema de comercio alternativo a través de una asociación bolsa de valores nacional o valores nacionales. que es incompatible con un acceso equivalente al sistema de comercio alternativo requerido por el párrafo (b) (3) (iii) de esta sección. Además, si la bolsa de valores nacional o de la asociación nacional de valores a los que un sistema de comercio alternativo proporciona los precios y tamaños de órdenes bajo los párrafos (b) (3) (ii) y (b) (3) (iii) de esta sección se establecen la regulación necesaria para asegurar la coherencia con las normas de acceso a las citas que aparecen en dicha bolsa de valores nacional o el mercado operado por dicha asociación nacional de valores. el sistema de comercio alternativo no se cobra ninguna cuota a los miembros que es contraria a que no se da a conocer en la forma requerida por, o que es incompatible con cualquier norma de acceso equivalente establecido por dichas normas. (I) Un sistema de comercio alternativo deberá cumplir con los requisitos en el párrafo (b) (5) (ii) de esta sección, si durante al menos 4 de los 6 meses calendario anteriores, dicho sistema de comercio alternativo tenía: (a) con respecto a cualquiera de las poblaciones NMS. 5 por ciento o más del volumen diario promedio en que la seguridad lo informado por un plan de presentación de informes (B) de transacciones efectivas con respecto a un valor de renta variable que no es un stock de NMS y para el cual se reportan las operaciones para una entidad autorregulada. 5 por ciento o más del volumen medio diario de negociación en el que la seguridad calculado por la entidad autorregulada en que dichas operaciones son reportados (C) Con respecto a los valores municipales, 5 por ciento o más del volumen medio diario negociado en los Estados Unidos o (D) con respecto a los títulos de deuda corporativa, 5 por ciento o más del volumen medio diario negociado en los Estados Unidos. (A) Establecer normas escritas para la concesión de acceso a la negociación en su sistema (B) No sin razón prohibir o limitar a cualquier persona en relación con el acceso a los servicios ofrecidos por dicho sistema de comercio alternativo mediante la aplicación de las normas establecidas en el párrafo (b) (5) ( ii) (a) de esta sección de manera injusta o discriminatoria (C) Hacer y mantener registros de: (1) todas las concesiones de acceso, incluido, para todos los abonados, las razones para conceder dicho acceso y (2) todas las denegaciones o limitaciones de acceso y razones, para cada solicitante, para denegar o limitar el acceso y (d) someter la información requerida en el Formulario ATS-R (xa7 249.638 de este capítulo) en relación con las subvenciones, negaciones y limitaciones de acceso. (Iii) No obstante el párrafo (b) (5) (i) de esta sección, no se requerirá un sistema de comercio alternativo para cumplir con los requisitos en el párrafo (b) (5) (ii) de esta sección, si tal comercio alternativo sistema: (B) las órdenes de dichos clientes no se muestran a cualquier persona, con excepción de los empleados del sistema de comercio alternativo y (C) Estas órdenes se ejecutan a un precio de dicho valor difundido por un plan de presentación de informes de transacción efectiva. o derivados de dichos precios. (6) la capacidad, la integridad y la seguridad de los sistemas automatizados. (I) El sistema de comercio alternativo deberá cumplir con los requisitos en el párrafo (b) (6) (ii) de esta sección, si durante al menos 4 de los 6 meses calendario anteriores, dicho sistema de comercio alternativo tenía: (a) con respecto a valores municipales, el 20 por ciento o más del volumen medio diario negociado en los Estados Unidos o (B) con respecto a los títulos de deuda corporativa, el 20 por ciento o más del volumen medio diario negociado en los Estados Unidos. (Ii) Con respecto a los sistemas que admiten la entrada de pedidos, envío de órdenes, ejecución de órdenes, información sobre las operaciones, y la comparación del comercio, el sistema de comercio alternativo deberá: (a) establecer estimaciones de capacidad actuales y futuras razonables (B) Llevar a cabo las pruebas de tensión de capacidad periódica de los sistemas críticos para determinar tales sistemas capacidad de procesar transacciones de una manera precisa, oportuna y eficiente (C) Desarrollar e implementar procedimientos razonables para revisar y mantener al día su desarrollo del sistema y metodología de prueba (d) analizar la vulnerabilidad de sus sistemas y datos operaciones de la computadora central a las amenazas internas y externas, riesgos físicos, y los desastres naturales (e) Establecer contingencia adecuados y planes de recuperación de desastres (F) sobre una base anual, llevar a cabo una revisión independiente, de conformidad con los procedimientos y normas de auditoría establecidos, de tal alternativa los controles del sistema de comercio s para asegurar que (b) (6) (ii) (a) a (e) de esta sección se cumplen los párrafos, y llevar a cabo una revisión por la alta dirección de un informe con las recomendaciones y conclusiones de la revisión independiente y (G) notificar de inmediato al personal de la Comisión de cortes de sistemas materiales y cambios en los sistemas significativos. (Iii) No obstante el párrafo (b) (6) (i) de esta sección, no se requerirá un sistema de comercio alternativo para cumplir con los requisitos en el párrafo (b) (6) (ii) de esta sección, si tal comercio alternativo sistema: (B) las órdenes de dichos clientes no se muestran a cualquier persona, con excepción de los empleados del sistema de comercio alternativo y (C) Estas órdenes se ejecutan a un precio de dicho valor difundido por un plan de presentación de informes de transacción efectiva. o derivados de dichos precios. (7) Exámenes, inspecciones e investigaciones. El sistema de comercio alternativo deberá permitir que el examen e inspección de sus instalaciones, sistemas y registros, y cooperar con el examen, inspección o investigación de los suscriptores, si dicho examen se lleva a cabo por la Comisión o por una organización de autorregulación de los cuales tales abonado es un miembro. (I) Realizar y mantener al día los registros especificados en xa7 242.302 y (ii) preservar los registros especificados en xa7 242.303. (I) Presentar la información requerida en el formulario de ATS-R (xa7 249.638 de este capítulo) dentro de los 30 días naturales siguientes a la finalización de cada trimestre natural en el que el mercado ha sido utilizado después de la fecha de vigencia de esta sección y (ii) Presentar la información requeridos por el formulario ATS-R dentro de los 10 días naturales a partir de un sistema de comercio alternativo deja de operar. (10) Procedimientos para asegurar el tratamiento confidencial de la información comercial. (I) El sistema de comercio alternativo establecerá las garantías y procedimientos adecuados para proteger a los suscriptores la información comercial confidencial. Tales garantías y procedimientos incluirán: (a) limitar el acceso a la información comercial confidencial de los abonados a los empleados del sistema de comercio alternativo que están operando el sistema o responsable de su cumplimiento con estas u otras normas aplicables (ii) El comercio alternativo sistema deberá adoptar e implementar procedimientos de supervisión adecuados para garantizar que las salvaguardas y procedimientos establecidos conforme al párrafo (b) (10) (i) de esta sección vienen seguidas. (11) Nombre. El sistema de comercio alternativo no se utilice en su nombre la palabra x201Cexchange, x201D o derivaciones de la palabra x201Cexchange, x201D como el término x201Cstock market. x201D Esta es una lista de secciones Código de Estados Unidos, de los Estatutos en general, las Leyes Públicas y Presidencial Los documentos, que proporcionan autoridad normativa para este CFR Parte. No se garantiza que sea exacta o actualizada, a pesar de que hacemos actualizar la base de datos de la semana. Más limitaciones de la exactitud se describen en el sitio GPO. Estados Unidos Código Código de Estados Unidos: Título 15 - COMERCIO E TRADE17 CFR Parte 242 - NORMAS M, SHO, ATS, CA, y los requisitos de margen de NMS y de los clientes para los futuros de Seguridad 1. Se requiere un sistema de comercio alternativo para cumplir con los requisitos establecidos en el presente Reglamento ATS, a menos que tal sistema de comercio alternativo: (a) ¿está registrada como una bolsa de valores nacional (b) está exenta de registro como una bolsa de valores nacional basado en el volumen limitado de operaciones realizadas en el sistema de comercio alternativo o (c) Sólo operaciones gobierno valores y otros instrumentos relacionados. Todos los sistemas alternativos de negociación deben cumplir con la lucha contra el fraude, antimanipulation, y demás disposiciones aplicables de las leyes federales de valores. 2. Los requisitos impuestos a un sistema de comercio alternativo por el Reglamento ATS son adicionales a los requisitos aplicables a las sociedades de valores registrados en la sección 15 de la Ley, (15 USC 78o). 3. Un sistema de comercio alternativo tiene que cumplir con las leyes estatales aplicables en relación con la oferta o venta de valores o el registro o la regulación de las personas o entidades que efectúan transacciones en valores. 4. Las revelaciones hechas de conformidad con las disposiciones de esta sección son adicionales a cualquier otro requisito de divulgación en virtud de las leyes federales de valores laws. Public Declaración Declaración en la Reunión Abierta sobre el Reglamento del SNM de la Alternativa Sistemas de Trading Presidente Mary Jo Blanco Buenas tardes. Esta es una reunión abierta de la Comisión de Valores de EE. UU. el 18 de noviembre de 2015 con arreglo al Gobierno en la Ley de Transparencia. La Comisión considerará hoy una recomendación importante para mejorar la estructura del mercado de capital al requerir sistemas alternativos de negociación o ATS para proporcionar nueva información significativa al público acerca de sus operaciones. Además de mejorar la capacidad de los CEE para supervisar los centros de negociación, la recopilación y difusión de esta información permitiría a los inversores y otros participantes del mercado para evaluar mejor la negociación en una plataforma de ATS particular, y compararlo con el comercio en otras plataformas. De Mercado Alternativo al centro del mercado En 1998, la Comisión adoptó el Reglamento ATS para establecer un nuevo marco regulador de ciertos sistemas de negociación electrónica operados por agentes de bolsa, en lugar de regularlos como bolsas de valores nacionales. Desde entonces, los mercados de valores han evolucionado considerablemente, impulsada por los avances en las tecnologías de generación, enrutamiento y ejecución de órdenes. Estas tecnologías han mejorado notablemente la velocidad, la capacidad y la sofisticación de las operaciones, lo que provocó un aumento en el volumen de operaciones que ha llegado a ser dispersados ​​a través de múltiples plataformas de negociación, altamente competitivos. operaciones con acciones de ahora se produce todos los días a través de 11 intercambios registrados de capital, más de 40 ATS, y un gran número de agentes de bolsa. Los ATS que el comercio acciones que cotizan en una bolsa de valores nacional, es decir, las existencias de NMS se han convertido en una parte integral del sistema nacional de mercado. Son una importante fuente de liquidez para los participantes en el mercado, lo que representa aproximadamente el 15 por ciento del volumen total en dólares de las reservas de NMS. Si bien regulado de manera diferente, que compiten con los intercambios registrados, y, en muchos casos, operar con la sofisticación comparable. Pero a pesar de la prominencia de los ATS en el actual mercado de acciones EE. UU., el Reglamento ATS ha mantenido en gran medida como lo fue en 1998, con la puesta a disposición de poca información al público sobre los que desarrolla actividades ATS o la importante relación entre el ATS y su operador de bolsa. La información disponible a menudo no faculta a los inversores para realizar análisis más profundos y significativos o comparar los sistemas de negociación. Entre otros desafíos, puede ser casi imposible para un inversor para evaluar adecuadamente los conflictos de intereses que pueden presentarse para una casa de bolsa que operan un ATS. Además de ejecutar el ATS, el agente de bolsa puede llevar a cabo una amplia gama de intermediación, negociación y otras actividades que aumenten los conflictos potenciales, incluyendo los servicios al cliente como el software de comercio algorítmico, de apoyo del organismo mostrador de ventas, servicios de ruteo de órdenes inteligentes automatizados y creación de mercado OTC. Ahora es el momento para modificar el Reglamento ATS a brillar una luz más brillante y más clara sobre los ATS para el beneficio de los inversores y los mercados en general. Mejorar la transparencia y la supervisión de todas las operaciones Lugares transparencia es el principal medio por el que los inversores están facultadas para proteger sus propios intereses sino que también es una herramienta fundamental mediante el cual la Comisión ejerce su control sobre el mercado. La recomendación que nos ocupa hoy es un importante paso adelante en la entrega de esta transparencia, la modernización del Reglamento ATS, y en última instancia, mejorar nuestra estructura de mercado de valores. El centro de la recomendación es un nuevo requisito de que los ATS que realiza transacciones en acciones de NMS divulga la amplia información al público acerca de sus operaciones y las actividades de sus operadores de corredores de bolsa. Los inversores y otros participantes en el mercado en la mayoría de los casos, por primera vez, han detallado información sobre: ​​los tipos de abonados a un ATS cómo el ATS se encarga de los pedidos y las ejecuciones de las tasas percibidas por el ATS los datos de mercado utilizados por la ATS los conflictos de intereses presente en la operación de la ATS y muchas otras áreas importantes. Toda esta información se proporcionaría en un nuevo Formulario ATS-N, que se presentó ante la Comisión y puesta a disposición del público en el sitio Comisiones. Como el detalle del personal En breve, la transparencia pública mejorada proporcionada por el formulario ATS-N se concentra en dos áreas principales. En primer lugar, los ATS de transacción en acciones NMS estaría obligado a divulgar públicamente la información relativa a las actividades de su operador de bolsa y las filiales de los operadores. Estas revelaciones darían los participantes del mercado una idea de los posibles conflictos de interés que pueden surgir cuando los intereses comerciales del operador de bolsa o de sus afiliados compiten con los intereses de los participantes en el mercado que tienen acceso y comerciales en el ATS. En segundo lugar, se requerirían estos ATS proporcionar a los participantes del mercado información importante acerca de la manera en la que operan. Esta transparencia operativa permitiría a los participantes del mercado evaluar mejor un ATS y tomar decisiones más informadas acerca de dónde encaminar sus órdenes. Fundamentalmente, estas revelaciones estarían sujetos a dirigir, centrado supervisión de la Comisión de su exactitud, integridad y coherencia con las leyes federales de valores. De conformidad con la recomendación, la Comisión examinará y, por fin, declarar un formulario inicial ATS-N eficaz o, después de la notificación y oportunidad de audiencia, ineficaces. En ausencia de una efectiva Formulario ATS-N, el ATS no se le permitiría operar sin registrarse como una bolsa de valores nacional. Este es un cambio significativo con respecto a la presentación aviso actual que un ATS ofrece a la Comisión. La Comisión también desea revisar y, si es necesario, detener cambios significativos en el funcionamiento de la plataforma de ATS, y podría, después de la notificación y la oportunidad de una audiencia, suspender, limitar o revocar una exención ATS en operar como un intercambio si se justifica. Este programa de divulgación y revisión complementará otra de nuestras iniciativas en curso para actualizar y ampliar las revelaciones provistas para los inversores con arreglo al Reglamento NMS. El personal está preparando una recomendación que daría un inversor nuevas revelaciones a la medida de la forma en los oficios de los inversores se dirigen y ejecutan incluyendo información sobre el orden de ejecución y tamaños mejora de precios, las ejecuciones de punto medio, y el uso de indicaciones de interés. Tales revelaciones-inversor específico complementarían las revelaciones específicas de la plataforma que están delante de nosotros hoy en día. Algunas indicaciones sobre las plataformas de Renta Fija Es importante señalar que hoy la recomendación no propone extender estas mejoras de transparencia de NMS Stock ATS a las plataformas que un comercio valores de renta fija, incluidos aquellos que comercian títulos públicos. Este enfoque incremental es un reflejo de las diferencias significativas entre los mercados de valores y los mercados de renta fija, así como la necesidad de aplicar normas que dan cuenta apropiadamente para ellos. Para cada segmento de los mercados de renta fija, incluida la deuda pública, debemos tener en cuenta plenamente estas diferencias antes de decidir los reglamentos adicionales serían óptimos. Pero como ya he dicho anteriormente, se debe considerar seriamente la posibilidad de iniciativas de transparencia adicionales en los diversos mercados de renta fija. Por ello me complace que la recomendación solicitan comentarios sobre una serie de cuestiones que deben ayudar en la evaluación de este tipo de iniciativas, incluyendo si partes de la propuesta de hoy son apropiadas para las plataformas de renta fija. En particular, celebro comentario sobre el tratamiento de los valores gubernamentales plataformas de comercio como parte de nuestro examen en curso de los mercados del Tesoro de EE. UU., en colaboración con el Departamento del Tesoro, la Reserva Federal, y la CFTC, que todos comparten jurisdicción sobre esos mercados. La protección de la información confidencial de abonado Un aspecto importante de la propuesta del día de hoy, sin embargo, se aplicaría a todos los ATS plataformas que actualmente están sujetos al Reglamento ATS. En concreto, la recomendación requeriría todas las plataformas ATS tener garantías y procedimientos escritos para proteger a los suscriptores la información comercial confidencial. Los ATS son necesarios hoy para establecer los procedimientos y salvaguardias, pero no están obligados a mantenerlas por escrito. Aunque el requisito de proteger a los suscriptores la información comercial confidencial es un componente clave del marco regulador ATS, violaciónes han sido un componente de varias acciones de ejecución asentados interpuestos por la Comisión contra los ATS en los últimos años. La confidencialidad de la información sobre la negociación de abonado es de suma importancia cuando se realicen en los ATS. De hecho, los participantes del mercado pueden optar por enviar órdenes a un ATS con el propósito de negociar de forma anónima y mitigar el impacto que su comercio puede tener en el mercado. Es fundamental que reforcemos aún más este requisito tal como se propone en la actualidad. Antes de pedir a Steve Luparello, Director de la División de Comercio y Mercados, para discutir la recomendación en mayor detalle, me gustaría dar las gracias a Steve, así como Gary Goldsholle, David Shillman, Tyler Raimo, Mateo Cursio, Marsha Dixon, Jennifer Dodd , David García, Derek James y Carl Emigholz de la División de comercio y Mercados por su ardua labor en esta reglamentación. También me gustaría dar las gracias a Meredith Mitchell, Lori Price, Robert Teply, Donna Chambers, y Janice Mitnick de la Oficina del Asesor General y Mark Flannery, Scott Bauguess, Vanessa Countryman, Amy Edwards, Salil Pachare, Claudia Moise, y Hermine Wong de la División de Análisis Económico y de Riesgos. Por último, me gustaría dar las gracias a mis colegas de la Comisión y todos nuestros consejos para su trabajo sobre las enmiendas propuestas. Antes de proceder a los comisarios comentarios, quiero tomar un momento para reconocer nuestro colega y amigo, el comisario Luis Aguilar, por su enorme servicio a la Comisión. Si bien esto no es probable que el Comisario Aguilar última reunión abierta, como todos ustedes saben, anunció el lunes que estaría dejando a la Comisión a más tardar a finales de diciembre. Comisionado Aguilar ha sido un verdadero campeón de proteger a los inversores y los mercados. Desde sus días como un abogado de hace más de 30 años a su servicio como el de más alto rango Comisionado, Luis siempre ha demostrado una gran pasión por su trabajo en la Comisión. Luis, que se perderá la profundidad de su conocimiento y su pasión por la agencia y su misión. Gracias por su destacado servicio público ti. Va a ser mucho de menos, pero va a dejar atrás un legado de logros.


No comments:

Post a Comment